12/05/2011

Proyecto de ley contra la criminalización de la protesta social


H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE LEY

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.
Nº de Expediente
1753-D-2010
Trámite Parlamentario
028 (07/04/2010)
Sumario
CONTRA LA CRIMINALIZACION DE LA PROTESTA SOCIAL. REGIMEN.
Firmantes
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO - REYES, MARIA FERNANDA - STOLBIZER, MARGARITA ROSA - STORANI, MARIA LUISA - GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA - LOZANO, CLAUDIO - FLORES, HECTOR - MERCHAN, PAULA CECILIA - MILMAN, GERARDO FABIAN - CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR - SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL - LINARES, MARIA VIRGINIA - PERALTA, FABIAN FRANCISCO - PARADA, LILIANA BEATRIZ - MACALUSE, EDUARDO GABRIEL.
Giro a Comisiones
LEGISLACION PENAL.
El Senado y Cámara de Diputados,...
LEY CONTRA LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL
ARTICULO 1°. La presente ley tiene por finalidad garantizar el derecho a la participación popular en la vida pública, el derecho a organizarse en sus distintas formas, así como a la protesta social, a fin de evitar su criminalización.
ARTÍCULO 2°. Se dispone la extinción de la pena y/o la acción penal en todas las causas judiciales contra personas imputadas a raíz de su participación en hechos ocurridos con motivo o finalidad de reivindicación social, económica, política, laboral, sindical, gremial, cultural, estudiantil, ambiental, de usuarios, de derechos de los pueblos originarios, de derechos humanos, de salud pública, de educación, de justicia, a las que se les impute una figura penal, cualquiera sea el bien jurídico lesionado y el modo de comisión.
ARTÍCULO 3°. Lo prescripto en el artículo 2° se extenderá a:
a- Todas las consecuencias penales.
b- Sanciones no penales, ya sean disciplinarias, administrativas o contravencionales.
Nadie podrá ser interrogado, investigado y/o citado a comparecer por imputaciones o sospechas de haber participado en los hechos descriptos en el artículo 2° de la presente ley.
ARTICULO 4°. Quedan expresamente excluidos de la presente los hechos represivos o las tareas de inteligencia cometidos por funcionarios públicos, integrantes de fuerzas armadas, policiales, de seguridad, de inteligencia o de cualquier otra organización estatal.
ARTICULO 5°. Quedan expresamente incluidos en los alcances de la presente ley los siguientes hechos:
a- Movilizaciones o reclamos laborales, sindicales y/o gremiales por despidos, demoras en las retribuciones, demanda de fuentes de trabajo, aumentos, mejoras de las condiciones laborales, mejoras impositivas, o cualquier otro reclamo laboral o gremial.
b- Movilizaciones o reclamos tendientes a obtener satisfacción de necesidades o reconocimiento de derechos, en particular la entrega de alimentos u otros bienes de primera necesidad para sí o para terceros.
c- Acciones efectuadas para lograr la suspensión o paralización de desalojos de personas, familias o trabajadores ocupados o desocupados.
d- Reclamos efectuados para lograr la paralización o suspensión de subastas de bienes de productores, en particular rurales o de inmuebles utilizados con fines productivos, educacionales, sanitarios o habitados por familias de escasos recursos.
e- Ocupaciones de inmuebles desocupados, para su habitación por familias en situación de vulnerabilidad, la actividad de asambleas populares o barriales, la puesta en producción de empresas o la instalación de comedores escolares y populares.
f- Paros, huelgas, realización de "ollas populares" y caravanas.
g- Movilizaciones, ocupaciones y jornadas de protesta estudiantiles.
h- Protestas, manifestaciones, cortes, reclamando contra el deficiente funcionamiento de servicios públicos, sean de transporte terrestre, vial o ferroviario, aéreo o marítimo y fluvial, eléctricos, de gas, servicios sanitarios, de salud, de agua, cloacal o cualquier otro.
i- Acciones llevadas a cabo con motivo defensa de la salud pública o de la comunidad, y/o contra el cierre de establecimientos médicos públicos o privados.
j- Marchas y/o movilizaciones por el respeto de la soberanía argentina, en solidaridad con otros pueblos, en contra de las guerras, o a favor de la paz.
k- Pertenencia a agrupaciones políticas, sociales, estudiantiles, sindicales, gremiales, culturales, sectoriales, territoriales o de derechos humanos.
l- Actuación de dirigentes o integrantes de agrupaciones de desocupados o de reivindicación de sus derechos originadas en la confección de listas de beneficiarios de planes sociales, en su distribución o adjudicación, o cualquier otra actividad vinculada con el reclamo, obtención, distribución o adjudicación de los mismos.
m- Cortes de ruta u otras vías públicas o interrupción del tránsito terrestre, naval o aéreo con motivo de cualquiera de los reclamos enunciados.
n- Ocupación de espacios públicos con motivo de cualquiera de los reclamos enunciados.
o- Ocupaciones de edificios públicos o privados con motivo de cualquiera de los reclamos enunciados.
La enumeración precedente es meramente enunciativa, no excluyendo la aplicación de la presente ley respecto de otros hechos que encuadren en el artículo 2°.
ARTICULO 6°. Los magistrados de todo el país intervinientes en las causas descriptas en el artículo 2° de la presente ley, deberán ordenar de oficio y sin sustanciación la extinción de la acción penal y/o de la pena, dictando en un plazo no mayor de 48 horas a partir de la publicación de la presente:
a- El sobreseimiento definitivo del imputado y -de encontrarse cumpliendo prisión preventiva- su inmediata libertad, en aquellos casos en que no hubiera sentencia firme.
b- El cese de la condena y de todos sus efectos y la inmediata libertad del condenado, cuando existiera sentencia firme.
ARTICULO 7°. El recurso interpuesto contra la resolución dictada en los términos del artículo 6° será otorgado al solo efecto devolutivo.
ARTICULO 8°. Sin demora alguna los magistrados actuantes deberán confeccionar y remitir, sin necesidad de petición de parte, los pertinentes oficios comunicando la extinción de la acción penal a la Policía Federal, a la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación, y al Registro Nacional de Reincidencia del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, expidiendo el certificado correspondiente al beneficiario.
ARTICULO 9°. Son hábiles a los efectos de esta ley todos los días y horas.
ARTICULO 10º. La presente ley se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 75, inciso 20 de la Constitución Nacional.
ARTICULO 11°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.


FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene por finalidad poner fin a la criminalización de la protesta social, práctica que se ha arraigado en el accionar diario de algunos magistrados y fiscales que han propiciado la intervención de las fuerzas de seguridad y han sujeto a proceso a ciudadanos que, en ejercicio de su legítimo derecho de peticionar ante las autoridades, participan en organizaciones, movilizaciones sociales, huelgas o diversos actos populares contra políticas sociales y económicas.
Ante la falta de respuestas del Estado a los reclamos populares, se torna cada vez más frecuente la utilización de los procedimientos legales con el inocultable propósito de amedrentar a los actores sociales, acallar los reclamos populares, desarticular los movimientos sociales, deslegitimar la protesta.
Entendemos que la reducción de la política a expediente jurídico no representa otra cosa que su definitivo plegamiento a un proyecto de sociedad definido desde la función policial. La judicialización de la vida en sociedad significa la derrota definitiva de la política como forma de organización social.
Según informan diversos organismos de derechos humanos son más de 5.000 las personas que actualmente padecen persecución penal, ya sea
en carácter de imputados, procesados o condenados, por movilizarse en reivindicación de sus legítimos derechos y aspiraciones. Esta tendencia represiva ha ido en aumento, a la par de la gravedad de las imputaciones penales.
En ese sentido, las manifestaciones de protesta social han sido calificadas bajo los más diversos tipos penales: causas por atentado y resistencia contra la autoridad, perturbación de funciones públicas, robo, extorsión, usurpación, daños, entorpecimiento del transporte y los servicios públicos, intimidación pública, incitación a la violencia, apología del crimen, lesiones, coacción, coacción agravada, sedición, privación ilegítima de la libertad, amenazas, entre otros.
Ante la preocupante situación descripta, se propone a través del presente proyecto, la amnistía para todas las personas que hayan participado en hechos ocurridos con motivo o finalidad de reivindicación social, económica, política, laboral, sindical, gremial, cultural, estudiantil, ambiental, de usuarios, de derechos de los pueblos originarios, de derechos humanos, de salud pública, de educación, de justicia, a las que se les impute una figura penal, cualquiera sea el bien jurídico lesionado y el modo de comisión.
A fin de definir las conductas objeto de la amnistía, se ha recurrido al criterio subjetivo adoptado por la doctrina mayoritaria y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a partir del caso "Lezcano, Felipe", que atiende a los "móviles políticos, sociales, gremiales o estudiantiles, cualquiera fuese el bien jurídico tutelado y el modo de comisión" ("ATRIBUCIONES DEL CONGRESO", Dardo Pérez Gilhou, Depalma, 1986, ps. 139 y ss.).
La doctrina del derecho constitucional ha señalado en forma unívoca que la facultad de amnistiar prevista en el artículo 75 inciso 20 de la Constitución Nacional es un acto de gobierno, "esencialmente político y de soberanía" ("MANUAL DE LA CONSTITUCIÓN ARGENTINA", Joaquín V. González, 22ª edición, Angel Estrada Y Cia, Bs. As., s/d, p. 472), toda vez que responde a "causas y consideraciones especiales de orden superior, cuya conveniencia y oportunidad sólo le incumbe valorar al Parlamento" ("LA AMNISTÍA EN EL DERECHO ARGENTINO", Carlos J. Lascano (h), Editorial Marcos Lerner, 1989, ps. 18-20).
Cabe recordar que, en ejercicio de dicha atribución, el Congreso de la Nación dictó la Ley N° 20.508 (B.O. 28/05/73), a pocos días de asumir la presidencia Héctor Cámpora. A través de esa ley de amnistía se dispuso la extinción de la acción penal y de la pena en causas judiciales en las que se imputaba la comisión de actos motivados por una finalidad política.
Más allá del propósito de pacificación social y política que impulsó aquella medida, subyace en la misma un profundo espíritu de equidad y justicia, al procurar corregir abusos y arbitrariedades perpetradas por el Estado mediante el ejercicio del poder punitivo.
En apoyo de esa tesitura, podemos citar un fragmento del mensaje presidencial que acompañaba el proyecto, luego sancionado como Ley N° 20.508:
"Este gobierno tiene la firme convicción de que debe eliminarse la tendencia manifiesta por los últimos años según la cual el derecho penal ha sido el único medio de expresión de la política social; por el contrario, la represión, que se expresa en el derecho penal, ha de ser sólo el último recurso de aquella política" (Mensaje del Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación, 25/05/1973).
En el mismo sentido, el entonces Senador de la Nación, Hipólito Solari Yrigoyen, señalaba durante el debate sobre la amnistía que, cuando las estructuras vigentes no responden a las necesidades de la población y se incrementan la marginalidad social y la desigualdad clasista de ingresos en desmedro de los sectores populares, el Estado ejerce una violencia sistemática, estructural, institucionalizada en todos los ámbitos, que genera la resistencia a la opresión de los sectores sociales que ven conculcadas sus legítimas aspiraciones (Debate del Senado de la Nación, 26/05/2007).
Demás está aclarar que la historia inmediata silenció aquellas proclamas, reduciéndolas a meras expresiones de deseo.
Hoy, a casi cuatro décadas, tras más de veintiséis años de vigencia ininterrumpida del sistema democrático, resulta imperioso el dictado de una amnistía a fin de neutralizar la escalada represiva del Estado en la vida social.
Es de suma relevancia enumerar las reiteradas iniciativas legislativas de miembros de esta Honorable Cámara que en los últimos diez años hemos rechazado la criminalización de diversos actos de protesta, con el acompañamiento de legisladores de distintos bloques políticos:
- Expediente N° 6465-D-1999, presentado por Alicia Castro, Beatriz Fontanetto, Ramón Torres Molina, Enrique Cardesa, Horacio Pernasetti, Alfredo Bravo, Gerardo Martínez y María América González.
- Expediente N° 2265-D-2001, de Alicia Castro, Enrique Cardesa, Alfredo Bravo, Alfredo Villalba, Ramón Torres Molina, Elisa Carrió, Jorge Rivas y Marcela Bordenave.
- Expediente N° 1668-D-2002, presentado por Ariel Basteiro, Oscar González, Jorge Rivas, Alberto Piccinini, Héctor Polino,
- Alfredo Bravo, Eduardo García, Eduardo Macaluse, Elsa Quiroz, Marcela Bordenave, Elisa Carrió, Rubén Giustiniani, Luis Zamora, Gabriel Romero, Francisco Gutiérrez, Graciela Ocaña, Alicia Gutiérrez, Mario Bonacina, Fabián de Nuccio, Laura Musa, María América González, Fernando Melillo, Marcela Rodríguez, Margarita Jarque, Lucrecia Monteagudo, Eduardo García y Atilio Tazzioli. Reproducido por expediente N° 2527-D-2004.
- Expediente N° 5502-D-2003, de los diputados Ricardo Gómez, Patricia Walsh, Blanca Osuna, Mónica Kuney, Marcela Bordenave, Gerardo Conte Grand, Dante Canevarolo, Pablo Fontdevila, Rosana Bertone, Saúl Ubaldini, Margarita Jarque, José Roselli y Guillermo Johnson.
- Expediente N° 5545-D-2003, con la firma de Alicia Castro y Alfredo Villalba. Reproducido por expediente N° 1023-D-2005.
- Expediente N° 6880-D-2004, presentado por los diputados Ariel Basteiro, Patricia Walsh, Inés Pérez Suárez, Margarita Jarque, Jorge Rivas, Susana Llambi, Eduardo Macaluse, Marta Maffei, Mario Cafiero, Claudio Lozano, Francisco Gutiérrez, Luis Zamora, Lucrecia Monteagudo, Araceli Méndez, María América González, Fabiana Ríos, Alberto Piccinini, Fabián de Nuccio, Eduardo Di Pollina, Eduardo García, Julio Accavallo, Miguel Bonasso, Marcela Rodríguez, Susana García, José Roselli, Héctor Polino, Carlos Tinnirello, Adrián Pérez, María Barbagelata, Juan Carlos Godoy, Isabel Artola, Juliana Marino y Marta De Brasi.
- Expediente N° 5704-D-2008, de Horacio Alcuaz, Virginia Linares, Fernanda Gil Lozano, Fabián Peralta, Claudio Lozano, Carlos Raimundi, Ricardo Cuccovillo, Nélida Belous, Elisa Carca, Norma Morandini, Fernanda Reyes, Eduardo Macaluse, Elsa Quiroz, Héctor Flores y Pablo Zancada.

Por último, cabe destacar que el presente proyecto también ha tenido en consideración propuestas de organismos de derechos humanos, como Liberpueblo, Correpi (Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional), LADH (Liga Argentina por los Derechos del Hombre), CeProDH (Centro de Profesionales de Derechos Humanos), Coordinadora por la Libertad de los Presos Políticos, Asociación de ex Detenidos Desaparecidos, Familiares de Víctimas de la Represión Policial, Frente Hijos del Gran Buenos Aires, Mesa Directiva de APDH (Asamblea Permanente de Derechos Humanos) La Plata, Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos, Comité de Acción Jurídica de ATE.
Por lo expresado, y en virtud de la trascendencia del tema, solicitamos la aprobación de este proyecto de ley.

10/03/2011

El manual del buen espía militar

Héctor Ratto, quien estuvo secuestrado bajo el terrorismo de Estado, llevó a la Justicia ejemplares del Manual de Informaciones, una revista militar con publicidad de diversas empresas. La publicación continúa apareciendo.

Por Gustavo Veiga
Facsímiles de la revista que se publica desde 1957.

La publicación tiene 54 años y su vida completa dedicada a la inteligencia militar. Se llama, como no podía ser otra manera, Manual de Informaciones. Su sede actual queda en Campo de Mayo, pero durante la última dictadura se editaba en Viamonte y Callao, donde funcionó el temible Batallón 601. Varios ejemplares de esa época son prueba documental en un juicio por violaciones a los derechos humanos. Héctor Ratto, un ex trabajador de Mercedes Benz que estuvo detenido-desaparecido, los aportó en el marco de la causa 4012. Sostiene que la automotriz donde se desempeñó y otras compañías como Ford, Techint y Astarsa (que ya no existe) financiaron a los servicios del régimen mediante “la publicación de avisos comerciales destinados a dicho estamento militar”. Un repaso al número correspondiente a noviembre-diciembre de 1978 confirma su aserto. Allí aparecen publicidades considerables de esas empresas y de otras como Bunge y Born, IBM, Bridas, Citröen, Frávega, Alfombras Meller, los bancos Nación, Deutsche y Popular Argentino, entre otros. El staff de la revista tenía varios integrantes del personal civil de inteligencia que figuran en los listados que difundió el gobierno nacional el año pasado.

Creado en 1957 bajo el auspicio de la jefatura del entonces Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), el Manual de Informaciones tomó como modelo “las publicaciones que editaba la División de Informaciones y Educación de las Tropas del Ejército de Estados Unidos, conocidas bajo el nombre de Armed Forces Talk”. Hoy, según puede leerse en su sitio de Internet, “es una publicación trimestral donde se desarrollan temas de interés particular para el personal especialista en inteligencia militar”. Sus primeras ediciones se distribuían de manera gratuita en cuadernillos de 16 páginas y con trabajos presentados “como proyectos de clases de instrucción y charlas de conducción interior concebidas para motivar, consolidar y robustecer las convicciones democráticas”. Algo muy poco probable, ya que en el ’57 gobernaba el general Pedro Eugenio Aramburu, uno de los militares que habían derrocado a Perón en 1955, cuando se produjo la autodenominada Revolución Libertadora.

Dos décadas después, el director de la revista era el teniente coronel Mauro Borghi y su secretario general, el mayor retirado Federico Carbia. La secretaria Blanca Nélida Kesseler, los diseñadores Perla Lila Riachi, Carlos Torres y Carlos Ghellinaza y la responsable del área publicitaria, América Echezarreta, figuran entre los 4300 agentes del personal civil de inteligencia que dio a conocer el actual subjefe del Ejército, general de división César Gerardo Milani, el 5 de febrero de 2010.

No aparece en esa lista, curiosamente, el único periodista de la redacción mencionado en el staff durante la dictadura. Se trata de Enrique Martínez Codó, quien aún continúa escribiendo en el Manual. Este veterano periodista versado en temas de espionaje es un estudioso de la CIA y sus técnicas de recolección de información. En el número de enero-febrero-marzo de este año (ahora la publicación es trimestral) escribió sobre el Open Source Center u OSC, por sus siglas en inglés, algo así como el Centro de Explotación de las Fuentes Abiertas de Inteligencia de Estados Unidos. “Si es verdad que del 85 al 90 por ciento de la Inteligencia global proviene de fuentes abiertas, parecería que los esfuerzos y estudios realizados para crear un organismo específico de esta actividad –llámese OSC u Osint– no estarían desacertados como algunos piensan y que sería oportuno hacerlo cuanto antes... siempre de acuerdo con las tiranías presupuestarias”, reclama Martínez Codó.

De obra prolífica, el redactor omnipresente de la publicación militar siempre se ha ocupado de temas castrenses vinculados con la inteligencia, aunque a menudo con una mirada cruzada por la Guerra Fría. Su Guerrillas tras la cortina de Hierro, prologado por el general español Luis García Rollón, un ex profesor de la Escuela Superior del Ejército de su país, data de 1966. Es un trabajo sobre el Ejército del Pueblo Ucraniano, que combatió desde adentro contra la Unión Soviética.

Su prosa sigue vigente cinco décadas después. La Asociación de la Prensa Técnica y Especializada Argentina (APTA) lo premió por su artículo “El Bicentenario, un desafío para la Inteligencia Militar”, publicado en el número 2 del Manual de Informaciones editado en 2010. Allí escribió: “El soldado de la Ciberguerra y la Ciberdefensa no emplea armas de fuego ni es experto en explosivos; sus armas son sólo una computadora y un simple ratón; pero eso sí, debe ser un experto en tecnología electrónica, una cuestión eminentemente intelectual, que marca la necesidad de una capacitación intensa, pero no necesariamente militar”.

Este artículo tiene más que ver con la orientación actual de la publicación, donde se escribe sobre la geopolítica de Google Earth o la geoestrategia del clima, sin desechar artículos de militares estadounidenses –que nunca faltaron en sus ediciones– sobre las invasiones de Irak y Afganistán. En plena dictadura y aun después de los peores años del terrorismo de Estado, la línea editorial de los servicios que conducían el Manual tenía inquietudes como “la explotación subversiva del conflicto generacional”, tal el título de una nota escrita por el licenciado Jorge Méndez. En el ejemplar de marzo-abril de 1980 se lee que “la conducta asocial juvenil anticipa en superficie tendencias actitudinales que de alguna manera ya tienen vigencia clandestina”. En el número anterior de enero-febrero, otro licenciado, Pablo Cruz, escribía sobre “la estrategia psicosocial marxista en Occidente”.

Otto Skorzeny, el militar nazi que rescató a Benito Mussolini en el Gran Sasso el 12 de septiembre de 1943, también tenía su espacio en la revista durante la dictadura. En el número que presentó como prueba el obrero Ratto ante la Justicia para incriminar a Mercedes Benz por su respaldo publicitario, se reproduce un artículo del coronel austríaco que sirvió a las órdenes de Hitler. Titulado “Operación Panzerfaust”, relata una misión que el Führer le encomendó en Hungría para evitar que este país se rindiera a la Unión Soviética durante la Segunda Guerra Mundial.

La querella del ex trabajador de la automotriz alemana sostiene que “se trata de la revista editada por la Jefatura de Inteligencia del Estado Mayor del Ejército, es decir por la comandancia de los grupos de tareas (secuestradores, torturadores y homicidas) que participaban del terrorismo de Estado desatado en nuestro país y que se investiga en esta causa. Dicha revista contenía material destinado a instruir a los agentes de Inteligencia y grupos de tareas en espionaje, secuestros y otros delitos, contra militantes políticos, sindicales, sociales o de derechos humanos”.

Para los actuales editores, en cambio, “la revista –que se encuentra abocada a mantener e incrementar el prestigio logrado en sus 50 años de vida– se ha transformado en un elemento de consulta y actualización profesional, doctrinaria y técnica sobre la materia, para el personal militar y civil tanto especialista como no especialista”. Cuando Ratto presentó su querella no sabía que el Manual de Informaciones, ya en democracia, seguía publicándose de manera ininterrumpida.

9/09/2011

Amenazas de muerte al juez Rozanski

Amenazas de muerte
 
El presidente del Tribunal Oral Federal 1, Carlos Rozanski, denunció que en lo que va de esta semana recrudecieron fuertemente las amenazas de muerte e intimidaciones que ha venido recibiendo en los últimos meses. El tribunal de Rozanski será el encargado de juzgar a los responsables por los crímenes de lesa humanidad investigados en el marco de la megacausa “Circuito Camps”, que se inicia el lunes, y que cuenta entre sus 26 imputados al ex policía Miguel Etchecolatz y al ex capellán de la Policía Bonaerense Christian von Wernich.

“Los llamados y actos intimidatorios tendrían el claro fin de desestabilizar el proceso de juicio en marcha y en especial la megacausa del Circuito Camps”, explicaron en Tribunales. Si bien Rozanski prefiere no dar declaraciones con el objetivo de resguardar la investigación, desde su entorno revelaron que hubo varios actos de intimidación y amenazas en los últimos meses contra el magistrado, pero que en estos días aumentaron de forma similar al 2006, cuando Rozanski estuvo al frente del juicio que condenó a reclusión perpetua al represor Miguel Etchecolatz.

Las amenazas contra el juez están siendo investigadas por la Justicia Federal, pero también despertaron el interés de dos organismos internacionales que investigan los casos de amenazas a los magistrados y funcionarios judiciales.

El llamado “Circuito Camps” abarca varios centros clandestinos de detención que se encontraban a cargo del jefe militar de la Policía Bonaerense Ramón Camps durante la última dictadura militar, entre los que se cuentan la comisaría 5ª de La Plata, la subcomisaría de Don Bosco llamada “Puesto Vasco”, el centro de operaciones tácticas (COT) I Martínez y la Brigada de San Justo. La unificación de las causas implicaría el acceso a la Justicia para 360 víctimas que pasaron por allí, entre las que están Diana Teruggi, Daniel Mariani y Claudia Falcone. En el juicio también se encuentran imputados el gobernador de facto de la provincia de Buenos Aires Ibérico Manuel Saint Jean, su ministro de Gobierno, Jaime Lamont Smart, y el chofer de Etchecolatz, Hugo Alberto Guallama.

7/25/2011

IX Conferencia Bianual de la Asociación Internacional de Investigadores sobre Genocidio

Los cinco fallos judiciales contra represores que calificaron los crímenes juzgados como delitos cometidos en el marco de un genocidio y el hecho de que sea la Justicia ordinaria la que se encargue del juzgamiento, ponen a la Argentina muy a la avanzada en la reflexión internacional de estas problemáticas, señaló Daniel Feierstein.

Así lo puntualizó el sociólogo y director del Centro de Estudios sobre Genocidio de la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF), Feierstein, quien tuvo a su cargo la organización del IX Conferencia Bianual de la Asociación Internacional de Investigadores sobre Genocidio que acaba de concluir en Buenos Aires, la primera ciudad latinoamericana que sirvió de sede al evento.

Para el especialista, este comportamiento de los tribunales está siendo acompañado en el mundo académico por una profusión de investigaciones sobre el tema, lo que permite revertir el prejuicio de que los genocidios se cometen en el (hemisferio) Sur y se analizan en el Norte, así como demostrar que el sur no sólo puede pensarse a sí mismo, sino pensar también los casos de persecución que están ocurriendo en el Norte, que el Norte no piensa.

A pesar de considerar muy auspicioso que la Argentina esté a la vanguardia en el reconocimiento de genocidios ajenos como el Armenio-, Feierstein identificó como una deuda enorme la exclusión de esta figura en el Código Penal.

El autor de El genocidio como práctica social inauguró la conferencia que, durante cuatro días reunió a más de 270 especialistas de 32 países en la sede de posgrados de la UNTREF.

- ¿Se puede decir que la argentina como país sufrió dos genocidios, uno en el marco de la última dictadura y otro como consecuencia de la Campaña del Desierto? - Yo creo que sí: son los dos momentos genocidas en la Argentina que tienen sin embargo características distintas. La mayoría de los Estados han pasado por un genocidio más o menos equivalente al de los pueblos originarios, lo que yo he llamado genocidio constituyente, lo cual es tremendo, porque da cuenta de qué son nuestros Estados hoy.

El caso de la dictadura es un caso distinto porque lo que se ha hecho es transformar las relaciones sociales de un Estado preexistente, reorganizarlo y, en ese sentido, el caso argentino es uno de los casos más emblemáticos por el nivel de intencionalidad y de conciencia de los perpetradores que lo denominaron Proceso de Reorganización Nacional - La Argentina ratificó en 1956 la Convención de la ONU para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. Sin embargo, a pesar de los 28 años transcurridos desde la vuelta de la democracia y de cinco fallos judiciales que condenaron a represores por delitos cometidos en el marco de un genocidio, aún no se incluyó el delito de genocidio en el Código Penal. ¿Es una deuda pendiente? ¿Es un escollo para la aplicación de la Justicia? - Sí, es una deuda enorme porque es algo que el Estado argentino debiera haber hecho desde el momento de la ratificación.

Hubo numerosísimos proyectos en el Parlamento, todos ellos buenísimos y es difícil explicarse por qué sigue sin tipificarse.

Ahora, no es un escollo porque la definición genocidio incluye cinco acciones (N.d.R: matanza, lesión grave, traslado por la fuerza, impedimento de nacimiento y sometimiento a condiciones que lleven a la destrucción física), todas las cuales tienen pena, con lo cual es una forma de calificar acciones penales que ya están en el Código Penal.

- La mención explícita de un genocidio en cinco fallos recientes contra represores y la propia reapertura de los juicios, ¿cómo ubican a la Argentina en relación a otros países del mundo en la materia? - Estos hechos ponen a la Argentina muy a la avanzada en la reflexión internacional de estas problemáticas. Como sociedad debemos estar muy orgullosos de lo que se ha avanzado en esa dirección. El hecho de que la reapertura haya permitido que sea la justicia ordinaria aquella a que le corresponde juzgar y que no haya habido una directiva de cómo tenía que ser ese juzgamiento o las condenas, es algo muy alentador.

- ¿Qué papel vienen desempeñando los tribunales internacionales? - Es un rol dual porque, por un lado, en casos donde no ha habido posibilidad de juzgamiento, que, aunque los principales responsables sean llevados a un tribunal internacional, es siempre muy superior a la impunidad.

Ahora, al mismo tiempo, tiene una serie de problemas. El primero de ellos es que han pecado, todos ellos, de un fuerte etnocentrismo. Esto es, creer que se puede manejar la situación de cada contexto nacional del mismo modo, despreciando las modalidades jurídicas de cada país y planteando un único modo de entender la convención.

- ¿Cuáles son sus expectativas respecto a esta conferencia? - Mi mayor expectativa es enriquecer mucho más el diálogo norte-sur en relación a cómo pensar los procesos genocidas e invertir el estereotipo de investigadores del Norte pensando en casos que ocurren sólo en el Sur, quebrar esa mirada etnocéntrica.

El Sur puede pensarse a sí mismo y el Sur también puede pensar los casos de persecución que están ocurriendo en el Norte, que el Norte no piensa.

6/26/2011

A 9 Años de la Masacre de Avellaneda


Frente Popular Dario Santillán
 
Hoy se cumplen 9 años de la Masacre de Avellaneda, una de las represiones más brutales sufrida por el pueblo argentino bajo un gobierno constitucional, que cobró las vidas de nuestros compañeros Darío Santillán y Maximiliano Kosteki y dejó un saldo de más de 30 manifestantes heridos de bala.
 
La represión desatada el 26 de junio de 2002 fue planificada y ejecutada por el gobierno de Eduardo Duhalde respondiendo a los reclamos de mano dura del imperialismo, los gobernadores justicialistas y radicales y las cámaras empresarias AEA, UIA, SRA, ADEBA, coordinándolo con el entonces gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Felipe Solá.

Para ello montaron un operativo conjunto de 5 fuerzas de represión del Estado: Policía Federal, la Bonaerense, Gendarmería, Prefectura y la Side, con un despliegue planificado de grupos policiales con carta blanca para matar.
 
Buscaban desencadenar una ofensiva represiva sobre el pueblo, que seis meses después de la rebelión popular del 19 y 20 de diciembre seguía llenando las calles, las plazas, las rutas y los puentes de piquetes, empresas recuperadas y asambleas populares. 

Durante meses maduraron la provocación que pretendía inculpar a las organizaciones en lucha, encarcelar a sus dirigentes y desarticular a las organizaciones para sacar a decenas de miles de trabajadoras y trabajadores ocupados y desocupados de la calle, para frenar las luchas y recomponer la gobernabilidad del Estado, que no significaba otra cosa que garantizar que las empresas siguieran haciendo fabulosos negocios a costa de la miseria del pueblo.

El gobierno nacional de Duhalde y el provincial de Solá no atendían nuestras demandas e incumplían compromisos arrancados en la lucha. Al mismo tiempo, crecían sobre los movimientos y organizaciones sociales las amenazas, secuestros, simulacros de fusilamiento y el accionar de patotas. En ese contexto, asesinan a Javier Barrionuevo en Esteban Echeverría el 6 de febrero y unos meses después balean a Juan Arredondo en Lanús.

Duhalde buscaba sacarnos de la calle a cualquier precio. Por eso llevó adelante la decisión política de no permitir que se bloqueen los accesos a la ciudad de Buenos Aires. Los cortes de puentes iban a ser considerados una acción bélica. Los medios de comunicación se encargaron de demonizar al movimiento piquetero encubriendo luego los hechos de la masacre. La provocación se completaba al día siguiente a la masacre del Puente Pueyrredón acusando de sedición a las organizaciones que protagonizaron la jornada de lucha.

El repudio popular a la masacre terminó provocando la salida anticipada del gobierno de Duhalde y el fracaso de su estrategia represiva. Las plazas del poder político del país fueron ganadas durante el mismo 26, al día siguiente y durante la gran jornada de unidad y lucha popular del 3 julio que, con una movilización multitudinaria, hizo rugir el repudio en una histórica marcha desde Avellaneda hasta Plaza de Mayo.

Duhalde debería estar hoy en la cárcel, por los asesinatos de Kosteki y Santillán, por la maldita policía del narcotráfico, el caso Cabezas, la AMIA y el gatillo fácil, en lugar de estar en campaña electoral disertando sobre gobernabilidad y democracia. Mientras se postula a candidato a presidente afirma que pretende gobernar para los que defienden a Videla. El pueblo argentino tiene en claro su culpabilidad como responsable político principal de los asesinatos de nuestros compañeros Maxi y Dario. Hoy como siempre, nuestra sentencia es clara, ¡Duhalde es candidato, pero a la cárcel!

De la misma manera, Aníbal Fernández, quien era secretario de presidencia de Eduardo Duhalde y actualmente es jefe de Gabinete, fue uno de los responsables de la Masacre de Avellaneda. Carlos Soria, actual intendente de Roca, fue designado por Cristina Fernández como candidato a gobernador de la provincia de Rio Negro y apoyado por todas las fracciones del PJ y el Frente para la Victoria. Soria dirigió la SIDE en el momento de la represión y él también debería estar tras las rejas y no haciendo campaña.

En cada lucha desde entonces, estamos hoy aquí para exigir el juicio y castigo a todos los responsables políticos, ideológicos y materiales de aquellos crímenes, a los Duhalde, a los Solá, JJ Alvarez, Aníbal Fernandez, Atanasoff, Soria, Genoud, Oscar Rodríguez, Vanossi y Capitanich. Los que hoy son expresiones de lo más nefasto de la política están firmemente acomodados tanto en el actual esquema político kirchnerista como en la oposición patronal.

Kirchner intentó cooptar  y engañar a los compañeros, compañeras y familiares de Darío y Maxi con la promesa de “investigar hasta las últimas consecuencias, sin importar quien caiga”. La comisión investigadora que dijo que iba a conformar nunca existió, ya que tenía como condición que abandonáramos la movilización. El rechazo a la conciliación  y la continuidad de la lucha nos permitió encarcelar a Fanchiotti y Acosta.

La complicidad del Gobierno K con Duhalde llegó al punto de no abrir los archivos de la SIDE  y permitir que Duhalde no se presente ante la justicia. Política de impunidad que continúa hasta el día de hoy.

Con la fuerza de la lucha y la movilización constante, en el Puente Pueyrredón, en la Estación Darío y Maxi (Ex Avellaneda), en los Tribunales de Lomas y a todas las plazas del poder político logramos que el comisario Fanchiotti y el cabo Acosta tengan que pagar con condena perpetua y otros policías sean también condenados. En el juicio quedó demostrado que la represión tuvo directivas políticas y que fue monitoreada por la SIDE. Sin embargo, el fiscal federal Miguel Angel Osorio se prestó a la escandalosa maniobra de eximir de prestar declaración a Duhalde, Álvarez y Solá.

La causa federal iniciada en el 2002 que investiga las principales responsabilidades políticas de la Masacre se encuentra literalmente cajoneada en el Juzgado Federal Nº 4, a cargo del Juez Ariel Lijo, puesto a dedo por el propio Presidente Kirchner. La causa no se mueve por orden de la Secretaría General de la Presidencia, que todavía no ha respondido por el informe solicitado por la fiscalía en relación a los cruces de llamadas entre los funcionarios duhaldistas y las autoridades policiales y de seguridad antes, durante y posteriormente a la represión del 26 de junio del 2002. Se manifiesta así, a lo largo de estos 9 años,  el hilo conductor de impunidad  que une a los gobiernos de  Duhalde y los Kirchner.

Porque la impunidad genera más impunidad: quienes dieron las órdenes en la represión del Puente Pueyrredón hace 9 años ni siquiera fueron investigados por la justicia, algunos de ellos siguen hoy en el gobierno nacional o provincial o se presentan como candidatos; y esa impunidad avala que desde el estado se siga organizando la represión de las manifestaciones de trabajadores o la persecución a los luchadores por los distintos medios y mecanismos tan utilizados para reprimir al pueblo.

Hoy levantamos más alto que nunca las banderas de Darío y Maxi. Y vamos por el juicio a todos los responsables políticos. Así como también seguimos denunciando la complicidad civil de los medios de comunicación para incentivar y luego encubrir la masacre. Asimismo denunciamos la complicidad de este gobierno para no enjuiciar a los responsables políticos e intelectuales.

Estamos acá para denunciar que bajo el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner sigue la impunidad y la bonaerense corrupta y asesina. Con la mirada cómplice del sistema penitenciario bonaerense, el asesino Fanchiotti ha burlado su condena entrando y saliendo de la cárcel como patrón de estancia, caso que muestra que incluso los represores y genocidas presos tienen toda la impunidad para seguir funcionando con las redes represivas para atacar a los luchadores. Asimismo la impunidad y la persecución a los que luchan cuenta con la ayuda de las patotas de la burocracia sindical, apañadas por la política gubernamental y que ya se han cobrado varias víctimas, amedrentando persiguiendo y asesinando a nuestros compañeros.

Hoy exigimos al gobierno nacional la urgente aparición con vida del compañero Julio López, desaparecido por su compromiso en las causas contra los genocidas de la pasada dictadura, exigimos el esclarecimiento del asesinato de Silvia Suppo, testigo en la causa por los delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia de Santa Fe, y exigimos la aparición con vida de Luciano Arruga, todos testimonios de la existencia de un aparato represivo actuante que jamás fue desmantelado y que se entrelaza con las mafias del  narcotráfico, el delito, la trata de personas y los asesinos de la dictadura impune.

Estamos aquí para denunciar que a 9 años de la Masacre sigue intacto el aparato represivo responsable de la brutal represión. Que el Gobierno que se autodenomina de los Derechos Humanos sigue reprimiendo al pueblo que sale a luchar por vivienda, educación, salud y trabajo digno. Que los Macri y los K no dudan acordar rápidamente para reprimir brutalmente al pueblo como pasó en el Parque Indoamericano, cobrándose la vida de los compañeros Bernardo Salgueiro, Rosemary Churapuña y Emilio Canaviri Álvarez. Que la represión encubierta sigue siendo la herramienta principal de los Gobernadores K para intentar disciplinar al pueblo en su lucha, como lo demostró el caso de los compañeros Mario y Roberto López, asesinados en Formosa por el gobierno de Insfrán. Luego de sostener varios meses de acampe para que el Gobierno se decidiera a atender a los compañeros Qom, sin obtener respuesta fueron desalojados entre la policía y La Cámpora.

La impunidad y la persecución a los que luchan cuenta con la participación de la burocracia sindical apañada por el gobierno. Desde este acto, a seis días de cumplirse ocho meses del crimen de Mariano Ferreyra -caído en la lucha contra la burocracia y contra la tercerización laboral- celebramos la victoria popular que significa haber llevado a la cárcel a algunos de los autores materiales de su asesinato y a sus mentores, José Pedraza, Juan Carlos Fernández y Pablo Díaz. Al mismo tiempo reafirmamos nuestro compromiso en la lucha para que paguen todos los responsables -lo que incluye a los empresarios, policías y funcionarios cómplices de los patoteros-, para que Pedraza y sus matones sean efectivamente condenados, y para terminar con el régimen negrero de las tecerizaciones.
 
Más de cuatro años después del fusilamiento del luchador docente y militante revolucionario Carlos Fuentealba en Neuquén, sólo está preso el asesino Poblete, mientras los que ordenaron la represión siguen gobernando la provincia, donde también sigue impune el asesinato del militante Lázaro Duarte a manos de patotas del MPN. Mientras Sobisch y los responsables políticos de los asesinatos están libres de culpa y cargo, se condena a los compañeros que repudiaron el crimen. El actual gobernador Jorge Sapag es el garante de la impunidad de Sobisch y es otro aliado del Gobierno Nacional.

Denunciamos la existencia de un aparato represivo impune que es heredero del golpe militar del ¨76, que sigue actuando animado por los mismos intereses económicos y sociales, lo que provocó desde 1983, 51 manifestantes muertos en movilizaciones populares y que desde la era Kirchner suma 847 muertos por  casos de gatillo fácil. Los juicios a represores 30 años después llegan sólo a un grupo reducido de genocidas, aislados de sus conexiones con el poder político, capitalista y clerical. Luchamos por perpetua para los miles de implicados.

Más de 5.000 luchadoras y luchadores están procesados. El Gobierno alienta el juicio contra militantes populares, sociales  y políticos; asambleístas, ambientalistas en Guleguaychú, Vicente Lopez, Andalgalá y Famatina; piqueteros y piqueteras; ex delegados del Casino; Subte; trabajadores y trabajadoras de Kraft, trabajadores ferroviarios, vendedores ambulantes y estudiantes de la FUBA. El gobierno desata una cacería de brujas contra la organizaciones populares, los primeros casos testigos son la persecución a Roberto Martino, quien fue puesto en libertad recientemente por la lucha popular, y la condena a Fernando Esteche, Raúl “Boli” Lescano, y otros compañeros del MPR Quebracho, así como Raúl Abregó del Polo Obrero de San Juan. Desde este Puente exigimos la inmediata libertad de Carlos Olivera, La Gallega Karina Germano López, Jose Villalba y Manuel Arias, así como la anulación de las condenas y el desprocesamiento de todos los luchadores, entendiendo que cuando tocan a uno, tocan a todos.

Este nuevo aniversario nos encuentra denunciando la movilización de un enorme dispositivo represivo, a instancias del Gobernador Daniel Peralta, contra la huelga docente y los petroleros de Santa Cruz. Desde aquí compañeros y compañeras, nos hacemos parte de esa lucha, que también es nuestra, con la fortaleza  que solo la solidaridad de clase posee y les decimos que no están solos, que ningún luchador está solo, como nos enseño el ejemplo de Dario y Maxi.

Los reclamos que levantamos el 26 de junio de 2002, como en tantas otras, están hoy tan vigentes como ayer. Digan lo que digan los dibujos del Indec, la inflación galopante ha hecho caer millones de argentinas y argentinos bajo la línea de pobreza sólo en el último año, muchos de ellos trabajadores y trabajadoras, muchos de ellos jóvenes desocupados. El reclamo de un trabajo para cada desocupado y desocupada, de un subsidio igual a la canasta alimentaria, de un salario equivalente a la canasta familiar, de acabar con la flexibilidad laboral y el trabajo en negro, se hacen cada día más urgentes, no sólo en las barriadas del sur bonaerense en las que militaban Darío y Maxi, sino también en todo el país. Denunciamos la política económica del gobierno que enriquece a las grandes empresas multinacionales, a los pooles de siembra con los grandes negocios de la soja, que entrega nuestros bienes comunes naturales, y que se sostiene en base a la pobreza y el trabajo precarizado de miles de compañeros y compañeras.

Hoy los pueblos siguen levantándose y mostrándonos el camino, enfrentando las crisis capitalistas que  generan y nos quieren hacer pagar. Los gritos de indignación y resistencia, las rebeliones populares, recorren el mundo, desde Medio Oriente y el Norte de África hasta la vieja Europa, donde se vuelcan millones a las calles para decir ¡basta! En nuestra América Latina los pueblos siguen resistiendo y acumulando fuerza frente a las embestidas imperialistas, como lo demuestra la gran movilización del pueblo hondureño contra el golpe de estado del 28 de junio de 2009.

El gobierno nacional favorece al capital financiero pagando la ilegal, ilegítima y fraudulenta deuda externa cuando vuelve a haber muertos por desnutrición, brotan epidemias que hacen estragos en la niñez, y hay 5,5 millones de jubilados con la jubilación mínima de $1200, a la vez que saquea la ANSES para obtener los recursos para el pago de la deuda y subsidiar a los bancos y empresas con los aportes sociales de las trabajadoras y los trabajadores.

Sus aliados son los Soria, los Insfrán, los Otahecé, el MPN, es decir, lo más nefasto de la política nacional, llegando al límite de poner como candidato a senador al mismísimo Carlos Menem.

Después de  haber anunciado que otorgaría miles de puestos en el Programa Argentina Trabaja sobre millones de desocupadas y desocupados, sólo han inscripto a una mínima parte en el conurbano y una vergonzosa cifra en algunas pocas provincias del interior. El Gobierno coloca el Programa bajo control del aparato de punteros de los intendentes y las organizaciones oficialistas. Luchamos por trabajo para todos y todas, por la universalización del Programa sin clientelismo, y reclamamos el aumento de los salarios, el pago de cargas sociales, la entrega de ropa y elementos de trabajo y seguridad. Reclamamos  plenos derechos de organización sindical para luchar por nuestras reivindicaciones laborales.

Seguimos señalando que el subsidio por hijo no llega a todas las familias que lo necesitan ni a todos los hijos de los beneficiarios. Su monto está congelado y carcomido por la inflación, y en vez de incorporarlo al presupuesto el gobierno lo financia con los aportes de las y los trabajadores a la ANSES. Asimismo el gobierno ha eliminado y vaciado otros planes sociales, recortando la asistencia a comedores escolares y populares, y a la juventud de las barriadas.

Frente a esta situación reclamamos un subsidio al desocupado igual al costo de la canasta alimentaria; que se reabran las paritarias; por un aumento mínimo del 35%; un salario igual a la canasta familiar para las y los trabajadores del campo y la ciudad; el 82% móvil para las jubilaciones; y que se ponga en marcha un verdadero plan de vivienda popular y obras públicas.

Hoy más que nunca levantamos bien altas las banderas del movimiento piquetero y de trabajadores desocupados, de la clase obrera de conjunto, de las y los estudiantes, del movimiento de los campesinos pobres, de los trabajadores y las trabajadoras del campo, y de los pueblos originarios. Seguimos en la calle por nuestros reclamos de terminar con la explotación y la miseria, y contra la represión del estado y por justicia para nuestras compañeras y compañeros que cayeron en el curso de esta lucha.

Desde este histórico Puente le decimos a los Duhalde, a los Kirchner, a los Scioli, a los Macri, a los Alfonsín y a los De Narváez, y a todos los que hoy llevan adelante este régimen de hambre y miseria, que vamos a seguir peleando por trabajo, por salario, por vivienda, salud y educación.

Repudiamos el intento del gobierno de manipular el histórico reclamo de justicia mientras mantiene el aparato represivo y criminaliza la protesta social.

Reivindicamos la independencia de las organizaciones populares frente al Estado y los partidos patronales, y repudiamos la política de cooptación oficial que desnaturaliza y destruye organizaciones que son emblema de la lucha popular, como demuestran los casos de Schoklender y el Inadi.

Frente a la continua agresión al pueblo trabajador, oponemos memoria, denuncia, programa y lucha. Vamos a seguir insistiendo y vamos a seguir luchando por Darío y por Maxi, por los 30 mil desaparecidos, por los más de 50 asesinados en democracia en protestas sociales; los más de 3 mil asesinados por “gatillo fácil” desde 1983; y para revertir esta realidad con la que quieren condicionar el futuro de nuestro pueblo. La lucha de Darío y Maxi es nuestra lucha. Es la lucha por una transformación social que termine con las condiciones de hambre, miseria, desocupación y explotación que nos oprimen. Es la solidaridad y el compromiso con la compañera y el compañero junto al que salimos a luchar, y la intransigencia y consecuencia en esta pelea.

Por eso y para eso lucharon Darío y Maxi; por eso y para eso seguiremos adelante. La sangre derramada no se perdona, no se olvida, no se negocia.

A 9 Años de la Masacre de Avellaneda

    JUSTICIA PARA MAXI Y DARIO
    DE DUHALDE A LOS KIRCHNER 9 AÑOS DE IMPUNIDAD
    JUICIO Y CASTIGO A LOS RESPONSABLES POLITICOS Y MATERIALES DE LA MASACRE DE AVELLANEDA
    CARCEL YA A DUHALDE, SOLA , FERNANDEZ , VANOSSI, JJ ALVAREZ, SORIA.
    CARCEL A PEDRAZA Y LAS PATOTAS. JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS RESPONSABLES DEL ASESINATO DE MARIANO FERREYRA. BASTA DE BUROCRACIA SINDICAL.
    CASTIGO A LOS RESPONSABLES DE LOS ASESINATOS DE LOS COMPAÑEROS QOM Y LOS CAIDOS EN EL PARQUE INDOAMERICANOS
    JUICIO Y CASTIGO A LOS RESONSABLES DE LOS ASESINATOS Y LA REPRESIÓN POLICIAL EN BARILOCHE.
    EXIGIMOS LA APARICION CON VIDA DE JULIO LOPEZ Y LUCIANO ARRUGA.
    LIBERTAD A  LOS PRESOS POLITICOS, CARLOS OLIVERA, LA GALLEGA KARINA GERMANO LÓPEZ, JOSE VILLALBA Y MANUEL ARIAS.
    DESPROCESAMIENTO, CIERRE DE LA CAUSAS Y ANULACION DE LAS CONDENAS DE LOS MAS DE 5.000 LUCHADORES POPULARES.
    POR EL TRIUNFO DE LOS TRABAJADORES DE SANTA CRUZ. FUERA LA GENDARMERÍA Y LAS PATOTAS CON LAS QUE TERCERIZAN LA REPRESIÓN.
    BASTA DE PRECARIZACION LABORAL Y PERSECUCION POLÍTICA A LOS LUCHADORES POPULARES.

HOY COMO SIEMPRE
¡¡¡¡DARÍO SANTILLÁN, PRESENTE!!!!!
¡¡¡¡ MAXIMILANO KOSTEKI, PRESENTE!!!!!

6/04/2011

Apuntes sobre una palabra


 Por Sandra Russo

“Es una de cal y una de arena”, fue el título de este diario el viernes. La frase la dijo, visiblemente contrariada, Estela Carlotto. Se refería al fallo de Casación que ese día confirmó la orden de extracción de ADN compulsiva a los hermanos Noble Herrera, pero al mismo tiempo introdujo la variable de la limitación de cotejos, tomando como válidas fechas de expedientes de adopción falsos. La querella ha leído esa limitación como un obstáculo más tendiente a dilatar la causa, que lleva ya diez años. La Justicia estaría actuando, si así fuera, como un dique para impedirse a sí misma.

Lo de la cal y la arena lleva inevitablemente a pensar en la teoría los dos demonios, y en un sector del Poder Judicial que todavía la abona con sus fallos. Eso vuelve inevitablemente ideológicos a esos fallos, como en el fondo lo son todos. Pero éste es en todo caso un debate que uno de los tres poderes del Estado, y no una corporación cristalizada, debe enfrentar, pasadas ya más de tres décadas. Lo que equivale a plantear en qué medida, en casos de delitos de lesa humanidad, pueden los jueces interpretar las leyes según sus propias lecturas políticas.

Durante más de veinte años, mientras se realizaba el Juicio a las Juntas, mientras se publicaba el Nunca Más, mientras después salía la ley de punto final y obediencia debida, mientras uno por uno esos hitos judiciales emanados desde el Poder Ejecutivo tejían el vestido simbólico del indulto, era esa teoría la que sobrevolaba la interpretación democrática del terrorismo de Estado. Los militares habían respondido con excesos a una violencia preexistente y por eso merecían ser juzgados, aunque como sólo se había tratado de una respuesta, también merecían ser indultados.

Fue recién en 2007 que los abogados de Nilda Eloy, Jorge Julio López y la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos lograron que un tribunal escuchara el pedido de cambio de calificación, y que se juzgara al ex comisario Miguel Angel Etchecolatz por la imputación de genocidio. La relevancia de ese cambio es que modifica la lectura general de los hechos, ya que desde ningún punto de vista lógico pueden considerarse “respuestas” a nada hechos puntuales e investigados, como el haber arrojado dopados pero vivos a los prisioneros al Río de la Plata, o el haber mantenido con vida hasta el parto a las prisioneras embarazadas, para después asesinarlas y robarles sus bebés. La Justicia admite que hechos como éstos formaron parte de un plan.

“La dictadura no mataba a cualquiera, el plan estaba dirigido a aquellos que realizaran formas de participación, que fueras un obstáculo al otro plan que se quería imponer”, rezó un párrafo de la presentación de esa querella, que fue la que firmó Jorge Julio López antes de ser secuestrado en democracia. Su secuestro y su desaparición, que continúan, le impidieron presenciar la sentencia a cadena perpetua por genocidio, que le fue impuesta a Etchecolatz, su torturador.

Aquel día, el Tribunal Oral Nº 1 de La Plata no pudo terminar la lectura del veredicto porque en la sala estallaron de un lado los aplausos y del otro, los abucheos. Pero el presidente del Tribunal, el juez Carlos Rozanski, alcanzó a leer que Etchecolatz fue condenado por “homicidio calificado, privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos”, delitos que calificó “de lesa humanidad, en el marco del genocidio que tuvo lugar en la Argentina entre 1976 y 1983”.

Antes de abandonar la sala, el ex policía dijo que se consideraba un “prisionero de guerra y detenido político”. Antes había dicho: “Yo sé que no tendrán vergüenza en condenar a un anciano enfermo, sin dinero y sin poder”. Saltando sobre el cinismo de un condenado por delitos de lesa humanidad, lo que dijo retumba en la actualidad. El Poder Judicial está exhibiendo, con sus evidentes dilaciones en causas que sí involucran a personas con dinero y con poder, una cara vergonzante.

Lo relevante de aquel fallo es que introdujo la figura del genocidio, veintidós años después del fin de la dictadura. Dio un paso decisivo en la lectura histórica del terrorismo de Estado de los ’70. La palabra llegó con el arribo de una nueva generación de jueces.

En su libro La doctrina del shock, la escritora y periodista Naomi Klein se detiene en ese fallo, que incluyó la idea de que “la condena que pronunciaba no estaba a la altura de la auténtica naturaleza del crimen y que, en interés de la construcción de la memoria colectiva, tenía que añadir que ‘todos esos crímenes lo fueron contra la humanidad, en el contexto del genocidio que tuvo lugar en la República Argentina entre 1976 y 1983’”.

El concepto de genocidio es el que desarticula la vieja teoría de los dos demonios, que fue la dominante durante años y todavía palpita en fallos como el de Casación. Ese concepto indica que los crímenes no fueron cometidos en el marco de una “guerra sucia”. Lo que hubo fue un plan de exterminio planificado y llevado a cabo en todo el país, con ramificaciones en toda la región. La palabra genocidio implica la intención de asesinar a un grupo, no a personas individuales, pero para usarla el juez debió estudiarla.

En sus fundamentos, conocidos dos semanas después de la sentencia, Rozanski sostuvo que si bien la Convención de Naciones Unidas sobre Genocidio define ese crimen de lesa humanidad como “un intento de destruir en todo o en parte un grupo nacional, étnico, religioso o racial”, y no menciona la palabra “político” –que es lo que había pasado en la Argentina, el exterminio de opositores, la mayoría de ellos jóvenes–, esa omisión tenía una historia. Rozanski la recordó: el 11 de diciembre de 1946, en respuesta directa al Holocausto, la Asamblea General de la ONU aprobó de forma unánime una resolución, prohibiendo los actos de genocidio “en grupos raciales, religiosos, políticos o de otro tipo que han sido destruidos en su totalidad o en parte”. Es decir, la situación argentina entraba en esos cánones tal como fue planteada en respuesta al genocidio nazi. Pero la palabra “político” fue eliminada de esa Convención dos años después, en 1948, por expreso pedido de Stalin, que obviamente buscaba salirse del grupo acusado para ingresar al de los acusadores. El tribunal argentino basó su fallo, entonces, en la definición original de “genocidio” y nadie en la ONU estuvo interesado en reivindicar la segunda.

5/16/2011

Organismos de derechos humanos denuncian indefensión de testigos

A tres semanas del secuestro del testigo rosarino Victor Martinez, enmarcado en un juicio por lesa humanidad, organizaciones de derechos humanos denuncian a través de un comunicado, la falta de protección a los testigos.
         
A tres semanas del secuestro del testigo rosarino Victor Martinez, enmarcado en un juicio por lesa humanidad, organizaciones de derechos humanos denuncian a través de un comunicado, la falta de protección a los testigos.
  
Advierten que sigue vigente "la impunidad y el encubrimiento" por parte de los genocidas y que este prevalece por sobre la seguridad de los testigos, "al igual que los casos de Gerez y Puthod".

También denuncian los atentados a testigos, querellantes, familiares, jueces y abogados que hubo en el juicio a la Unidad 9 en La Plata. El asesinato de Silvia Suppo también es caracterizado por las organizaciones de derechos humanos, con vinculación al "aparato represivo" ya que la mujer era testigo de crímenes de lesa humanidad.

Finalmente el comunicado de prensa cuenta del juicio previsto para mediados de año donde se investigarán hechos ocurridos en distintos centros clandestinos enmarcados en el "circuito Camps", con 23 imputados.

4/30/2011

Más que indiganción : ¡¡absolvieron a cinco policías por el asesinato de Porcho Leprati!!

Los que ensuciaron las pistas

Son los que acompañaban al autor material del disparo que mató a Pocho Lepratti en diciembre de 2001. La abogada de la familia aseguró que "no hay duda que intentaron encubrir" el hecho. No descartó recurrir a la Corte Suprema.
    
La Sala II de la Cámara de Apelaciones absolvió a los cinco policías de la Unidad Regional II condenados por encubrir el asesinato del militante social Claudio "Pocho" Lepratti, ocurrido el 19 de diciembre de 2001. El fallo beneficia a Marcelo Arrúa, Rubén Pérez, Roberto de la Torre, Daniel Braza y Carlos Alberto de Souza, quienes acompañaban en el móvil 2270 al policía del Comando Radioeléctrico de Arroyo Seco, Esteban Velázquez, autor material del asesinato. Los policías absueltos habían sido condenados por la justicia en un fallo de primera instancia por falsedad ideológica de instrumento público y encubrimiento agravado en concurso ideal. Ahora, el tribunal de alzada, que integran los camaristas Carina Lurati, Juvencio Mestre y Ramón Ríos, decidió absolver a los cinco policías por el beneficio de la duda. La abogada de la familia Lepratti, Carmen Maidagan, dijo que "no hay duda alguna" de que existió una actitud de encubrir y falsear documentación pública, y que "existen elementos" para solicitar un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte.

Arrúa y Pérez, chofer y acompañante respectivamente del móvil en el que iba Velázquez; de la Torre, ex jefe de la subcomisaría 20ª; Braza, ex jefe del Comando Radioeléctrico, y de Souza, ex oficial de guardia de la subcomisaría 20ª, habían sido condenados por el juez de sentencia Julio García, que les aplicó una pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo de la condena, como coautores penalmente responsables de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público y encubrimiento agravado en concurso ideal.

Según el camarista Ríos, se trató de un caso en con situaciones confusas. "Estos policías estuvieron perseguidos por homicidio y algunos estuvieron detenidos bastante tiempo, hasta que se aclaró que el arma era del culpable y autor material. Fue cuando se comprobó fehacientemente que el proyectil que estaba en el cuerpo de Lepratti salió del arma de este oficial que estaba en la guardia en ese momento", precisó el magistrado.

En el fallo, la defensa de los policías consideró que la falsedad de documento público se configura cuando se insertan o se hacen insertar declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento debe probar, y "en la especie no hay dudas sobre la fidelidad de la referida acta ya que todos los agentes la ratifican y no hay falsedades introducidas en la misma".

Para Maidagan, "no hay duda alguna" de que existió una actitud de encubrir y falsear documentación pública. "En este tipo de delitos no va a haber un documento donde ellos firmen que digan que van a falsear, pero todos los elementos que se juntaron en la causa sostienen que las cosas consignadas en el acta no son ciertas. El acta de procedimiento es la primer foja de cualquier sumario, de ahí surge toda la investigación, y esto da carta blanca a que se haga lo que quiera de acá a futuro total no hay sanción", abundó.

En referencia a la imputación de encubrimiento agravado, la defensa de los policías planteó que debía ser rechazada de plano por cuanto Pérez y Arrúa "fueron inicialmente imputados por el homicidio de Lepratti de manera que no pueden ser ahora condenados por un presunto encubrimiento del homicidio, después de haber estado detenido Pérez 6 meses y ocho días bajo tal acusación mayor".

En este sentido, Maidagan ennumeró "denuncias que no se hicieron, el tema del móvil que ellos dicen que les disparan y se comprobó que los disparos no pudieron ser hechos del techo; todo esto demuestra que hubo una actitud por parte de la policía para tratar de encubrir y llevar la investigación hacia otro lado".

La abogada agregó que el planteo que de la Torre y Braza "no dan fe de lo que ocurrió porque en realidad ellos lo único que reciben son las manifestaciones de los otros dos, y que a su vez estos no son responsables porque no se los puede obligar a auotincriminarse, es un disparate total. Además, cuando ellos hacen el acta de procedimiento en realidad todavía no estaban imputados de nada, por eso la Cámara no puede decir que por una cuestión de legítima defensa ellos no pueden estar obligados a decir la verdad".

Maidagan adelantó que le pedirán al Procurador o al Fiscal que planteen un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte, porque consideran que existe "gravedad institucional" y por "arbitrariedad". Además, solicitarán a la Legislatura que tomen una intervención activa para determinar si "hay irregularidades en los distintos jueces que intervinieron, y en su caso se inicien los jurys que correspondan".

El 19 de diciembre de 2001; "Pocho" Lepratti, un militante social de 38 años que ayudaba en un comedor comunitario de barrio Las Flores, subió al techo para pedirles a los policías que no dispararan al aire, porque adentro había chicos comiendo. Pero Velázquez lo mató con un disparo de su Itaka en la garganta, por lo que fue condenado por el juez de Ernesto Genesio a 14 años de prisión.

Sólo el autor material del crimen del militante social Claudio “Pocho” Lepratti, ocurrido en Rosario durante la trágica retirada de Fernando de la Rúa de la presidencia, es culpable para la Justicia. La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe absolvió ayer de culpa y cargo a otros cinco policías, que habían sido condenados en 2009 por encubrimiento y falseamiento de documento público. El tribunal fundó su resolución en el principio de duda, que favorece siempre al acusado, al tiempo que confirmó la condena del oficial Esteban Ernesto Velázquez, el asesino que inmortalizó al “Angel de la Bicicleta” –como pasó a la historia– al gatillar su arma mientras Lepra-tti, en el techo de su comedor escolar, gritaba: “Dejen de tirar que hay pibes comiendo”.

Lepratti era el mayor de seis hermanos y provenía de una familia de trabajadores rurales de Concepción del Uruguay. Luego de abandonar la carrera de Derecho en la Universidad Nacional de Santa Fe y más tarde el Instituto Salesiano de Funes, donde sus superiores no lo autorizaban a trabajar en los barrios, se instaló en el Ludueña, en el Gran Rosario, donde comenzó a coordinar talleres para chicos con problemas de adicciones y a dar clases de teología. Era militante gremial en ATE, ayudante de cocina en la escuela 756, y uno de los creadores de la Coordinadora Juvenil de la Vicaría Sagrado Corazón del Barrio Ludueña. Para poder honrar todos sus compromisos iba y venía todos los días en bicicleta por la avenida Circunvalación.

En la mañana del 19 de diciembre de 2001, cuando ya se habían generalizado los saqueos a supermercados y De la Rúa se aprestaba a declarar el estado de sitio, Lepratti trabajaba en la cocina de la escuela, en el populoso barrio Las Flores. Al escuchar disturbios se subió al techo del edificio, les gritó a los policías de Santa Fe que no dispararan porque había pibes comiendo y recibió como respuesta un balazo mortal. Pocho Lepratti fue una de las siete víctimas fatales que sólo en Rosario se cobró el último presidente radical.

Tres años después llegó la sentencia para Velázquez, subjefe de la Comisaría 20ª: catorce años de prisión. En agosto de 2009 el juez de sentencia de Rosario, Julio García, condenó a dos años y ocho meses de prisión a cinco policías por los delitos de encubrimiento y falseamiento de documento público. La sentencia alcanzó a Marcelo Fabián Arrúa, chofer del móvil desde el que se hizo el disparo, y a su acompañante, Rubén Darío Pérez. También fueron condenados el ex jefe de la comisaría, Roberto de la Torre, el titular del Comando Radioeléctrico, Daniel Horacio Braza, y el oficial de guardia Carlos Alberto de Souza. El magistrado consideró probado que habían insertado datos falsos en el libro de guardia de la seccional, que habían adulterado el acta de inspección ocular del escenario del crimen, la constancia del comparendo de una testigo en sede policial, y que a tiro limpio habían modificado el aspecto del patrullero, para intentar hacer pasar la ejecución como enfrentamiento. La pena para los policías fue de ejecución condicional e incluyó la inhabilitación por doble de tiempo, cinco años y cuatro meses. La condena quedó ayer en la nada. La Sala II de la Cámara Penal provincial tomó nota de los argumentos policiales, se permitió dudar y los absolvió.